La responsabilidad penal de las personas jurídicas: problemas de aplicación en las personas jurídicas de pequeñas dimensiones

  1. Carrera Hortas, Andrés
Dirixida por:
  1. Inmaculada Valeije Álvarez Director

Universidade de defensa: Universidade de Vigo

Fecha de defensa: 27 de xuño de 2024

Tipo: Tese

Resumo

El proyecto de investigación pretende abordar la cuestión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el marco del Derecho penal español, con especial atención a los problemas de aplicación que surgen en relación con las denominadas “personas jurídicas de pequeñas dimensiones”. Estas son objeto de una interpretación auténtica en el apartado 3 del art. 31 bis CP, que las define a través de una remisión a la normativa contable como ‹‹aquéllas que, según la legislación aplicable, estén autorizadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada››. Hay que destacar, por su importancia, que dicha definición no es exactamente coincidente con la categoría jurídico-económica de ‹‹pequeñas y medianas empresas›› (PYMES). A raíz de la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a través de la LO 5/2010, de 22 de junio, y su posterior reforma por medio de la LO 1/2015, de 30 de marzo, nos encontramos con una situación de incertidumbre acerca de varios aspectos a la hora de aplicar las disposiciones legales a los distintos tipos de entidades que reconoce nuestro ordenamiento jurídico –sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad colectiva, sociedad comanditaria), personas jurídicas civiles (asociaciones, fundaciones, corporaciones), personas jurídicas del ámbito administrativo (que, en general, están excluidas de la aplicación de responsabilidad penal)-. El problema surge, principalmente, porque el marco normativo no ofrece una distinción en función del tipo, tamaño o complejidad de la persona jurídica, optando por el establecimiento de un estatuto unitario. Así las cosas, esta aplicación indiscriminada choca, prima facie, con la regulación contenida en nuestro Código Penal, que parece perseguir atajar las lagunas de impunidad existentes respecto de las grandes corporaciones ante las que, debido a la utilización de diferentes mecanismos de dilución de la responsabilidad, resulta muy complicado actuar desde los resortes clásicos del Estado. Por este motivo, parece adecuado explorar si el régimen de responsabilidad penal instituido en el art. 31 bis CP precisa de una interpretación autónoma en su aplicación a las personas jurídicas de pequeñas dimensiones y, de ser así, cuáles serían las claves acerca de su particular tratamiento. De este modo, el presente trabajo trata de dar respuesta a aquellos inconvenientes que pudieren aflorar de la aplicación indiscriminada de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y mostrar una opinión sobre la necesidad de una respuesta particular frente a las denominadas personas jurídicas de pequeñas dimensiones.