La capacidad de obrar a la luz del artículo 12 de la convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (CNUDPD)

  1. TORRES COSTAS, MARíA EUGENIA
unter der Leitung von:
  1. María Paz García Rubio Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidade de Santiago de Compostela

Fecha de defensa: 07 von Februar von 2020

Gericht:
  1. Teodora Felipa Torres García Präsident/in
  2. Antonia Nieto Alonso Sekretärin
  3. Antonio Pau Pedrón Vocal
Fachbereiche:
  1. Departamento de Dereito Común

Art: Dissertation

Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela: lock_openOpen Access Externo

Ziele für nachhaltige Entwicklung

Zusammenfassung

La entrada en vigor la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en 2008 exigía la adaptación del ordenamiento jurídico español a su espíritu y dictados. España debía abolir el tradicional sistema de incapacitación y expulsar de su ordenamiento jurídico cualquier restricción de la capacidad de obrar, pues el nuevo paradigma reconoce la plena capacidad jurídica término en el que, pese a ciertas discrepancias doctrinales, ahora se incluye la capacidad de obrar. El ordenamiento jurídico español mantiene aún el sistema a abolir, pero se han dado pasos importantes hacia la plena igualdad de las personas con discapacidad. Esta tesis doctrinal analiza los avances seguidos en tal dirección; así como las contradicciones existentes respecto al modelo de asistencia a implementar y las fricciones entre nuestro ordenamiento jurídico y los diversos tratados internacionales vigentes ratificados por España. Se incluye en este estudio un análisis del Anteproyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, actualmente en trámite, que abordaría por primera vez y de forma decidida la necesaria reforma para su adaptación a la citada Convención, finalizando con un apartado de conclusiones en el que se resume el criterio de la doctoranda acerca de la consecución de dicho fin por parte del prelegislador.