La prohibición de aproximación a la víctima del artículo 57.2 del código penal, y su ámbito de aplicación en los delitos de violencia de género

  1. Castro Corredoira, María
Dirixida por:
  1. Gumersindo Guinarte Cabada Director
  2. Fernando Vázquez-Portomeñe Seijas Co-director

Universidade de defensa: Universidade de Santiago de Compostela

Fecha de defensa: 21 de setembro de 2018

Tribunal:
  1. José Manuel Lorenzo Salgado Presidente
  2. Inmaculada Valeije Álvarez Secretaria
  3. Mario Joao Ferreira Monte Vogal
Departamento:
  1. Departamento de Dereito Público Especial e da Empresa

Tipo: Tese

Teseo: 571578 DIALNET

Resumo

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, del Código Penal, la adopción de la prohibición de aproximación, en su función de pena accesoria, devino preceptiva para los casos en que alguno de los delitos del art. 57.1 CP (homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico) sea cometido contra alguno de los sujetos a que se refiere el art. 57.2 CP, entre otros: quien sea o haya sido cónyuge, o sobre persona que esté o haya estado ligada al condenado por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Esta novedad punitiva contribuyó a la configuración de un tratamiento específico para los casos de violencia doméstica y de género, posteriormente completado con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. La presente obra constituye un desarrollo expositivo de cómo se ha visto modificado el sistema por la imposición preceptiva de la prohibición de aproximación en supuestos de violencia de género y las consecuencias que se derivan de ello, procurando aportar algunas propuestas de reforma y ampliar el conocimiento científico sobre la materia.