Régimen de las aportaciones sociales en la sociedad cooperativa
- TORRES PÉREZ, FRANCISCO JOSÉ
- Anxo Tato Plaza Doktorvater/Doktormutter
Universität der Verteidigung: Universidade de Vigo
Fecha de defensa: 28 von Juni von 2011
- José Antonio Gómez Segade Präsident
- Julio Costas Comesaña Sekretär/in
- Manuel José Vázquez Pena Vocal
- Manuel José Botana Agra Vocal
- Juan Ignacio Peinado Gracia Vocal
Art: Dissertation
Zusammenfassung
1.- Objetivo. La tesis tiene como finalidad el estudio de las aportaciones realizadas por los socios pertenecientes a una cooperativa. La disciplina de estas aportaciones posee una especial incidencia en la configuración del capital social y en ciertos derechos que corresponden a los cooperativistas. 2.- Estructura. La tesis se divide en ocho capítulos. Desde el primer capítulo, dedicado al concepto de aportación cooperativa, hasta el octavo, que está centrado en el reembolso de las aportaciones, todos poseen una estructura formal similar. En todos ellos se realiza una supervisión de la prolija normativa sobre cooperativas que existe en nuestro estado y que está constituida por todas las leyes autonómicas al margen de la Ley estatal de Cooperativas. Además, este panorama legislativo está complementado por normas que regulan de manera específica algunos tipos de cooperativas. Tras el citado análisis se identifican cuáles son aquellos puntos en los que las normas cooperativas poseen lagunas y si es factible la aplicación analógica de las soluciones previstas en las normas que regulan las sociedades de capital típicas (anónimas y limitadas). Por último, en cada uno de los capítulos, propuese las soluciones que estimé más adecuadas para la reforma de la legislación cooperativa vigente o para las nuevas normas que puedan promulgarse. 3.- Contenido característico. De los estudios doctrinales existentes en el ámbito del derecho cooperativo, ninguno se ha centrado exclusivamente en el régimen de las aportaciones. En este sentido resulta un tema innovador. Asimismo, la creciente proliferación de leyes cooperativas con una orientación próxima a la normativa que regula las sociedades de capital, hace necesario replantear el alcance de los principios cooperativos y su correcta delimitación. Al respecto, propongo soluciones coherentes con dichos principios y que no significaran una mera transposición, por analogía, de lo previsto en otras normas. Por último, se le presta una especial atención al tratamiento de los derechos económicos inherentes a la posición de socio cooperativista, habida cuenta de la especial dificultad que tienen estas sociedades para captar recursos de socios capitalistas que no deseen participar en la actividad objeto de la cooperativa.