Contrato de serviciosperspectiva jurídica actual

  1. Trigo García, María Belén
unter der Leitung von:
  1. José Manuel Lete del Río Doktorvater/Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidade de Santiago de Compostela

Jahr der Verteidigung: 1998

Gericht:
  1. Xavier O'Callaghan Muñoz Präsident/in
  2. Antonio Ortí Vallejo Sekretär/in
  3. Carlos Martínez de Aguirre Aldaz Vocal
  4. Silvia Díaz Alabart Vocal
  5. Miguel Ángel Pérez Álvarez Vocal

Art: Dissertation

Teseo: 70024 DIALNET

Zusammenfassung

La importancia del contrato de servicios en el tráfico jurídico no se corresponde con su tratamiento legal. En efecto, los preceptos que el Código civil le dedica (arts. 1583-1587) son claramente insuficientes y demasiado apegados a la tradición. La finalidad de la memoria de investigación es, entonces, perfilar los contornos de la figura contractual en su configuración moderna, tomando en consideración las nuevas tendencias legislativas, especialmente en materia de protección de los consumidores, los criterios jurisprudenciales y las orientaciones presentes en el Derecho comparado. Como primer paso se ha hecho un seguimiento de la evolución del contrato de servicios, desde sus orígenes en el Derecho romano, hasta su recepción en el Código civil. Este estudio histórico permite establecer el contraste con la realidad actual e identificar los rasgos definitorios originarios que deben mantenerse y cuáles han de entenderse superados. Por lo que se refiere a la normativa codificada, su análisis hace posible constatar las lagunas de la regulación positiva del contrato de servicios y apuntar criterios para su modificación. A este respecto se ha tenido en cuenta, pese a su abandono, el Proyecto de Ley por la que se modificaba la regulación del Código civil sobre los contratos de servicios y de obra de 12 de abril de 1994. La última parte de la tesis doctoral se centra en la relación entre contrato de servicios y otros contratos afines, es decir, contratos de prestación de servicios en sentido amplio; concretamente, se han tomado como referencia el contrato de obra, el de mandato y el de sociedad.