Garantías extraordinarias de protección de los Derechos Humanosun estudio comparado entre España y México

  1. Bernal Ballesteros, María José
Supervised by:
  1. Milagros María Otero Parga Director
  2. Francisco de Paula Puy Muñoz Director

Defence university: Universidade de Santiago de Compostela

Fecha de defensa: 30 July 2014

Committee:
  1. Roberto Luis Blanco Valdés Chair
  2. José Julio Fernández Rodríguez Secretary
  3. José Francisco de Faría Costa Committee member
  4. María de Lourdes Morales Reynoso Committee member
  5. María José Añón Roig Committee member
Department:
  1. Department of Special Public Law and Company Law

Type: Thesis

Teseo: 373909 DIALNET

Abstract

La memoria que se presenta aborda el tema de las garantías extraordinarias de defensa de los derechos humanos en México y en España. De manera más específica, analiza las instituciones del Defensor del Pueblo del Reino de España, del Valedor do Pobo de la Comunidad Autónoma de Galicia, de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México y de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México. La razón por la que se eligió este tópico es el impacto internacional que actualmente tienen los derechos humanos, unido a la gran expansión y trascendencia que ha experimentado la figura del ombudsman en todo el mundo. Hoy en día es innegable que la mayoría de los países cuentan con instituciones cuya labor consiste en proteger los derechos humanos de sus habitantes. Así pues, el presente trabajo de investigación proporciona un análisis cuyo principal objetivo es situar la institución del ombudsman en un escenario más sólido y favorecedor desde donde pueda llevar a cabo la noble misión para la cual fue creada. El análisis que se presenta no se limita a un aspecto meramente teórico, sino que por el contrario ofrece una visión práctica. Desde esta perspectiva aborda algunos de los problemas a los que tanto las figuras españolas como las mexicanas se enfrentan día con día. Lo que se pretende con la elaboración de este análisis es poder determinar si la institución del ombudsman es una figura deseable y efectiva tanto para México como para España, si su conservación resulta indispensable y de ser así, si requiere de modificaciones para su mejor desempeño.