Las situaciones de violencia interna (disturbios y tensiones interiores) en el marco del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanosproblemas de calificación jurídica y de derecho aplicable

  1. COSTAS TRASCASAS, MILENA
Dirigida por:
  1. Manuel Pérez González Director/a

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 17 de diciembre de 2004

Tribunal:
  1. José Antonio Pastor Ridruejo Presidente/a
  2. Luis Ignacio Sánchez Rodríguez Secretario/a
  3. María Teresa Ponte Iglesias Vocal
  4. Jorge Cardona Llorens Vocal
  5. José Luis Rodríguez-Villasante Prieto Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 125229 DIALNET

Resumen

Son muchos los países que han atravesado o atraviesan de manera esporádica o endémica por situaciones de disturbios y de tensiones interiores; momentos de desorden público (manifestaciones , huelgas generales, golpes de Estado , motines),que suelen producir un número importante de víctimas, sobre todo cuando la violencia alcanza un nivel cercano al conflicto armado o cuando las violaciones de los derechos humanos se generalizan como consecuencia de la represión gubernamental.Llama por eso la atención que el Derecho internacional contemporáneo no ofrezca una protección eficaz a las victimas de estas situaciones de violencia interna cada vez más frecuentes en el panorama político. Efectivamente, los disturbios y tensiones interiores se sitúan en una zona de "indeterminación jurídica" entre los respectivos ámbitos de aplicación del Derecho internacional humanitario y del Derecho internacional de los Derechos Humanos, las dos ramas del Derecho internacional humanitario para su aplicación.Por otro, porque las normas de derechos humanos se adecuan y están pensadas fundamentalmente para aplicarse en período de paz y no como consecuencia de estas situaciones en las que a menudo encontramos un alto nivel de violencia y numerosas víctimas civiles.A la falta de adaptación de los instrumentos de derechos humanos hay que añadir la posibilidad que éstos ofrecen a los gobiernos de suspender el ejercicio de determinados derechos a través de la declaración del estado de excepción, una práctica habitual que agrava aún más la sensación de desprotección en estas circunstancias. La identificación de esta laguna normativa demuestra que existe una falla en el ensamblaje entre los ámbitos de aplicación de las normas humanitarias y de los derechos humanos y nos ha llevado a realizar diversas propuestas, normativas y operativas, para colmarla.En primer lugar, identificando los principios de Derecho internacional humanitario ge